Integrales definidas propias
Una integral definida se considera propia cuando la función integranda está acotada en un intervalo finito (a, b).

Para que una integral definida sea propia deben cumplirse simultáneamente dos condiciones fundamentales:
- La función integranda está acotada, es decir, existe un valor máximo M y un valor mínimo m dentro del intervalo de integración.
- El intervalo de integración es finito, es decir, los límites inferior y superior son números reales y finitos.
Si alguna de estas condiciones no se cumple, la integral se clasifica como integral impropia.
Esta distinción es esencial en el estudio del cálculo integral, ya que determina los métodos y criterios de convergencia que pueden aplicarse en cada caso.